ANEXO I


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Diseños de registro de los ficheros de

intercambio de información

INE-Ayuntamientos


a. Introducción
b. Ficheros de Intercambio
b1. Normas generales
b2. Descripción de Ficheros de Intercambio
c. Denominación de los ficheros de Intercambio

a. Introducción

La estructuración de los datos para facilitar el intercambio de información entre los Ayuntamientos y el INE, requiere de unos requisitos mínimos para que el intercambio informático pueda ser realizado con éxito.

En el establecimiento de dichos requisitos mínimos se han seguido las normas propuestas por el proyecto INDALO, aunque se han simplificado con el fin de que los Ayuntamientos suministradores de información puedan, en corto plazo de tiempo, adaptarse tanto a INDALO como a los diseños de intercambio.

El INE solicitará de forma periódica las modificaciones que se hayan producido en las situaciones de los municipios a dos niveles distintos: Nivel de Territorio y Nivel de Población, niveles que se interrelacionan siendo imposible entender la Población si no es en un marco geográfico. Son estos dos niveles los que se pretenden normalizar en cuanto a intercambio entre Municipios-INE.

El territorio nacional se encuentra dividido en una serie de capas. La superposición de éstas nos llevará hasta el nivel mínimo de detalle que se pretende conseguir, las direcciones postales.

La primera subdivisión territorial es a Nivel Provincial en la que se encuentra definido el Nivel Municipal.

El nivel municipal se encuentra subdividido en dos capas: división geográfica por unidades poblacionales y división geográfica por secciones, cuya estructura y definiciones figuran en el apartado IV de esta Resolución.

Teniendo en cuenta la estructuración en que nos basamos existirán una serie de entidades cuyas relaciones se especifican en el siguiente gráfico:

MONO

b. Ficheros de intercambio

b.1 Normas Generales

Cuando el INE haya consolidado los callejeros obtenidos con los Trabajos Preliminares de la Renovación Padronal de 1996, el intercambio de información con los Ayuntamientos se deberá ajustar a los diseños de registro que a continuación se describen.

En cualquier caso, únicamente se remitirán las variaciones, a los diferentes ficheros, con excepción de aquellos casos en que precise la remisión o envío de ficheros completos.

Los datos de identificación del registro deberán coincidir con los datos del registro a modificar con que cuenta el INE.

Como regla general en los ficheros de intercambio siempre existirán dos partes diferenciadas: Identificación del registro antes de la variación y contenido del registro después de la variación.

En las estructuras de los ficheros de intercambio que se especifican en las siguientes hojas se indican la existencia de dos campos:

1. FVAR: Fecha de Variación N(8) con formato AAAAMMDD donde AAAA = Año, MM=Mes y DD=Día de Variación del registro.

2. CVAR: Código de variación, que deberá ajustarse al contenido de la siguiente tabla:

CVARDescripciónCVARDescripción
A Alta B Baja
M Modificación F Fusión
S Segregación BlancoSin rectificación

Los códigos de variación serán A=Alta, B=Baja y M=Modificación; además, para objetos de tipo territorial, existirán otros dos códigos de variación: F=Fusión y S=Segregación.

Al margen de las especificaciones que se realicen para cada fichero el contenido de los ficheros de intercambio según el código de variación será el siguiente:

Código VariaciónDatos Iniciales de IdentificaciónDatos tras Variación
Alta (A)BlancoCumplimentados
Baja (B) Cumplimentados Blanco
Modificación (M) Cumplimentados Cumplimentados
Fusión (F) Cumplimentados Cumplimentados
Segregación (S) Cumplimentados Cumplimentados

En sentido general una Fusión implica que dos objetos territoriales del mismo tipo se unen entre sí. Por ejemplo, la Vía A se une a la Vía B dando lugar a la Vía C unión de ambas, o la Vía A absorbe a la Vía B, en este último caso la Vía A será la suma de ambas.

En los ficheros de intercambio las Fusiones dan lugar a duplicación de registros en la situación final ya que dos o más objetos territoriales (parte Inicio) dan lugar a uno solo (Parte final). Este tipo de registros deberán estar marcados con CVAR=F (Fusión).

Una Segregación será el proceso inverso al de fusión, es decir un determinado objeto se divide en dos o más objetos, siendo sinónimo de división de objetos.

Cuando las variaciones se produzcan por segregaciones, las situaciones de origen y destino se darán a la inversa, con duplicación de datos en la parte inicial, registros que serán marcados con CVAR=S.

Las fusiones y segregaciones de objetos territoriales implican una remodelación territorial,a diferencia del resto de variaciones, que implican la creación de unidades no existentes previamente, la eliminación de ellas o la modificación de sus atributos.

En cualquier caso el Ayuntamiento indicará en Datos Iniciales la situación de registro antes de la actualización y en Datos tras Variación la situación final que se obtendría al realizar la rectificación con todos y cada uno de los datos cumplimentados (aunque un dato en particular no haya sufrido variación).

El INE, cuando sea necesario, devolverá los ficheros a los Ayuntamientos en el mismo formato de intercambio y con el mismo contenido que el exigido para los ayuntamientos.

En ningún caso, los datos que aparecen marcados con asterisco (*) en los ficheros de intercambio pueden estar a blancos.

Adicionalmente, se podrá solicitar la remisión de los ficheros completos (no solo variaciones). En este caso los formatos de intercambio serán los mismos que en el caso de variaciones, pero para cualquier tipo de variación (incluido Código de Variación a blancos = sin modificación) los ficheros se remitirán con todos y cada de los campos con contenido (como si se tratase de modificaciones).

En las siguientes páginas se describen cada uno de los ficheros de intercambio. Cuando un determinado campo necesite explicación, esta se realizará la primera vez que aparezca este campo en los diseños de registros; de existir este campo en ficheros posteriores, se deberá entender (salvo notaciones en contra) que deberá cumplir con las características señaladas en la primera aparición.

b.2 Descripción de Ficheros de Intercambio

1. Relación de Unidades Poblacionales.

Contendrá las variaciones producidas al Nomenclátor de Unidades Poblacionales. El diseño de registro del fichero de intercambio se ajustará a la siguiente estructura.

Campo Descripción Atr Ob
Datos Identif. CPRO * Código de Provincia N(2)
CMUN * Código de Municipio N(3)
CUN Código de Unidad Poblacional N(7) 1
TIPOINF Tipo de Información A(1) 2
CDEV Causa de Devolución A(2) 3
FVAR Fecha de Variación N(8)
CVAR Código de Variación A(1)
Datos Variac. NMUN Nombre del Municipio A(70) 4
NMUN50 Nombre de 50 Caracteres A(50) 4
NMUNC Nombre Corto A(25) 4
NENTCO Nombre Entidad Colectiva A(70) 4
NENTCO50 Nombre de 50 caracteres A(50) 4
NENTCOC Nombre Corto A(25) 4
NENTSI Nombre de Entidad Singular A(70) 4
NENTSI50 Nombre de 50 Caracteres A(50) 4
NENTSIC Nombre Corto A(25) 4
NNUCLE Nombre de Núcleo/Diseminado A(70) 4
NNUCLE50 Nombre de 50 Caracteres A(50) 4
NNUCLEC Nombre corto A(25) 4

Observaciones:

1. El campo CUN será cumplimentado por el INE, que remitirá periódicamente a los ayuntamientos la codificación asignada.

Este campo presenta la estructura CCSSDNN, donde CC=Código de Entidad Colectiva, SS=Código de Entidad Singular, D=Dígito de control obtenido por el método ABC a partir del conjunto formado por CC y SS. y NN=Código de Núcleo (Si =99, es *DISEMINADO*)

2. TIPOINF: Tipo de información que se incluye en el registro. Valores válidos:

Blanco Comunicaciones procedentes de Ayuntamientos/INE.

C Cumplimentada. La información marcada con C, indicará al ayuntamiento que el INE ha cumplimentado datos (Códigos en altas...) y la devuelve al Ayuntamiento.

R Rechazada. La información marcada con R indicará que ha sido errónea, tanto por los contrastes realizados por el INE a la información remitida por los Ayuntamientos como por los contrastes que realicen los Ayuntamientos a las propuestas de variación remitidas por el INE.

3. CDEV: Cuando la información sea rechazada, se deberá indicar la causa de la devolución según una tabla de posibles causas de devolución por rechazo de la información que será proporcionada por el INE.

Las propuestas de variación aceptadas por el INE, para reducir el tráfico de información, no serán reenviadas a los Ayuntamientos.

4. La longitud máxima del nombre de una determinada Unidad Poblacional es de 70 caracteres. Las dificultades de diseño con esta longitud hacen recomendable reducir estas denominaciones a longitudes más adecuadas para diseño de listados, pantallas etc (nombres de 50 Caracteres) y a otras más adecuadas para intercambio de información (Nombres Cortos de 25 Caracteres).

Inicialmente, el INE realizará contracciones de las denominaciones que excedan de los tamaños indicados y pondrá en conocimiento de los Ayuntamientos tal reducción. Con los intercambios futuros de información será responsabilidad de cada ayuntamiento realizar las contracciones adecuadas.

5. Cumplimentación del fichero de intercambio

5.1 Para municipios.

Para que tengan validez las variaciones a nivel municipal estas deben inscribirse en el Registro de Entidades Locales del Ministerio para las Administraciones Públicas quién periódicamente comunica al INE cada una de las variaciones. Por consiguiente, el INE modificará o cumplimentará los campos correspondientes de acuerdo a lo siguiente:

1) Si ha existido un alta de un municipio: CUN = 0000000, CVAR = A y NMUN, NMUN50 y NMUNC tendrán contenido.

2) Si un municipio se da de baja: CUN = 0000000, CVAR = B y NMUN, NMUN50 y NMUNC irán en blanco.

3) Si se ha producido un cambio de denominación: CUN = 0000000, CVAR = M y NMUN, NMUN50 y NMUNC contendrán la nueva denominación.

5.2 Para el Resto de Unidades Poblacionales

Cuando CVAR=A (Alta), el Campo CUN deberá estar a blancos y el contenido de los Datos de variación será el siguiente:

Alta de Entidad Colectiva: Tendrán contenido los campos de denominación municipal, NENTCO, NENTCO50 y NENTCOC.

Alta de Entidad Singular: Tendrán contenido los campos de denominación municipal, los de Entidad Colectiva (Cuando la Entidad Singular esté incluida en una colectiva) y los campos NENTSI, NENTSI50 y NENTSIC.

Alta de Núcleo/Diseminado: Tendrán contenido los campos de denominación municipal, los de Entidad Colectiva (Cuando la Entidad Singular esté incluida en una colectiva), los campos de denominación de Entidad Singular y los campos NNUCLE, NNUCLE50 y NNUCLEC.

Si el alta es de un diseminado tanto los campos NNUCLE, NNUCLE50 y NNUCLEC vendrán cumplimentados con el literal *DISEMINADO* (con asteriscos).

5.3 Cuando CVAR=B (Baja), los datos de variación se encontrarán a blancos y el campo CUN podrá tener los siguientes valores:

Baja de una Entidad Colectiva. El campo CUN tendrá el formato CC00000

Baja de una Entidad Singular. El campo CUN tendrá el formato CCSSD00

Baja de un Núcleo/Diseminado. El campo CUN tendrá el formato CCSSDNN

5.4 Cuando CVAR=M (Modificación), tendrán contenido los datos que efectivamente se modifican y siempre teniendo en cuenta el nivel jerárquico identificado en el campo CUN. Las modificaciones se referirán siempre a cambios en las denominaciones.

Modificación de una Entidad Colectiva. Tendrán contenido los campos NMUN-NMUN50-NMUNC y NENTCO-NENTCO50-NENTCOC. El campo CUN tendrá el formato CC00000

Modificación de una Entidad Singular. Tendrán contenido los campos NMUN-NMUN50-NMUNC, NENTCO-NENTCO50-NENTCOC (Cuando la E. Singular esté incluida en una Colectiva) y NENTSI- NENTSI50-NENTSIC. El campo CUN tendrá el formato CCSSD00

Modificación de un Núcleo. Tendrán contenido los campos NMUN-NMUN50-NMUNC, NENTCO-NENTCO50-NENTCOC (Cuando la E.Singular esté incluida en una Colectiva), NENTSI-NENTSI50- NENTSIC y NNUCLE-NNUCLE50-NNUCLEC. El campo CUN tendrá el formato CCSSDNN

5.5 Cuando CVAR=F (Fusión), existirán al menos dos registros duplicados en Datos de Variación, que podrán coincidir o no con alguno de los datos de origen. Los datos de Identificación siempre serán distintos y estarán completamente cumplimentados. Los datos finales (Datos de Variación) también estarán cumplimentados según el nivel jerárquico de la Unidad Poblacional resultante.

5.6 Cuando CVAR=S (Segregación), existirán al menos dos registros duplicados en Datos de Identificación (Inicio). De las Unidades Poblacionales resultantes (Datos de Variación) una sola de ellas podrá ser igual a la segregada, el resto no podrán existir previamente.

Los datos de Identificación siempre serán iguales y estarán completamente cumplimentados. Los datos finales (Datos de Variación) también estarán cumplimentados según el nivel jerárquico de las Unidades Poblacionales resultantes.

2. Relación de Vías.

El fichero de vías contendrá una relación biunívoca: un registro por cada código de vía con su tipo y denominación. En general dicho código se corresponderá con una vía física, si bien conceptualmente se corresponde con una vía lógica.

El fichero de intercambio se ajustará a la siguiente estructura.

Campo Descripción Atr Ob
Datos Identif CPRO * Código de Provincia N(2)
CMUN * Código de Municipio N(3)
CVIA Código de Vía N(5) 1
TIPOINF Tipo de Información A(1)
CDEV Causa de Devolución A(2)
FVAR Fecha de Variación N(8)
CVAR Código de Variación A(1)
Datos Variac. CVIA Código de Vía N(5)
TVIA Tipo de Vía A(5) 2
POS Posición del Tipo de Vía N(1) 3
NVIA Nombre de Vía A(50) 4
NVIAC Nombre Corto A(25) 4

Observaciones:

1. El código de Vía será asignado por el Ayuntamiento ( en su defecto por el INE). Debe ser numérico y único en el municipio. Para realizar las nuevas asignaciones, se recomienda que a la nueva vía lógica se asigne el número inmediatamente superior al último del municipio. Si hay que realizar bajas de vías se recomienda que no se renumeren el resto de las vías, pudiendo entonces existir huecos en la numeración.

2. Los tipos de vía (CALLE, AVDA,...) nos identifican dos vías lógicas distintas con una misma denominación (CALLE MAYOR, AVENIDA MAYOR...). El número de tipos de vía distintos es muy limitado y normalmente están expresados por medio de abreviaturas (C/, AV...), de forma que es más que probable que para un tipo de vía en concreto exista más de una abreviatura y que por lo tanto una misma vía, pueda confundirse con dos o más vías diferentes (C MAYOR, C/ MAYOR, CALLE MAYOR).

El problema de las abreviaturas del tipo de vía se agrava con la existencia de diferentes grafismos (para un mismo Tipo de Vía) en los diferentes idiomas españoles (AVDA=AVENIDA, AVGDA=AVINGUDA), y así podríamos tener una misma vía escrita de muy diferentes formas y por lo tanto enmascarar la realidad de los callejeros municipales.

Por ello, es necesaria una normalización de los tipos de vía que pasa inexorablemente por asignar unos códigos (tipos de vía normalizados) a unos determinados y limitados tipos de vía que permitan identificar como iguales los tipos de vías escritos de diferentes formas y que no obliguen a un único grafismo del mismo. El resultado de esta normalización se plasmará en el fichero de Tipos de Vía que comentamos posteriormente.

3. Normalmente el Tipo de Vía se imprime como prefijo de la Denominación de la Vía; sin embargo en ciertos idiomas (Euskera) el tipo de Vía debe imprimirse como sufijo de su denominación. La colocación del Tipo de Vía se indicará Vía a Vía mediante el campo POS que podrá tener el siguiente contenido.

0: El Tipo de Vía es prefijo de la Denominación

1: El Tipo de Vía es sufijo de la Denominación.

4. Al igual que ocurre con la denominación de las unidades poblacionales, el nombre oficial de la vía puede ser mayor de 25 caracteres, por lo que el ayuntamiento deberá abreviar esta denominación e incluirla en el campo NVIAC.

Cuando existan dos o más vías físicas con iguales TVIA y NVIA, el ayuntamiento deberá asignar códigos distintos a cada una de esta vías y eliminará estas duplicidades mediante la concatenación de la denominación de la vía y entre paréntesis un calificador a esta denominación. Es decir, en estos casos el campo NVIA estaría formado por la denominación de la vía mas un calificador entre paréntesis.

Los nombres cortos (NVIAC) podrán tener identicas denominaciones sea cual fuere el contenido del campo NVIA. Será el contenido del campo NVIAC el que se utilizará tanto para impresión de listas, remisión de tarjetas censales. asi como para la denominación de la vía en los ficheros de intercambio.

5. Cumplimentación del fichero de intercambio

5.1 CVAR=A (Alta). Si el Ayuntamiento codifica las vías, los códigos de Vías (Identificación y Variación) deberán tener el mismo contenido. En caso contrario ambos códigos permanecerán a Blancos, el INE asignará el código correspondiente y lo remitirá al Ayuntamiento respectivo.

El resto de los datos de variación deben estar cumplimentados.

5.2 CVAR=B (Baja). Todos los datos de identificación deben tener contenido y los datos de variación a blancos.

5.3 CVAR=M (Modificación). Todos los datos del registro deben tener contenido.

5.4 Cuando CVAR=F (Fusión), existirán al menos dos registros duplicados en Datos de Variación, que podrán coincidir o no con alguno de los datos de origen.

Los datos de Identificación siempre serán distintos y estarán completamente cumplimentados. Los datos finales (Datos de Variación) también estarán completamente cumplimentados. Si la vía de destino es Alta, puede faltar el Código de Vía de Datos de Variación, en cuyo caso el INE codificaría la nueva Vía y la remitirá al Ayuntamiento correspondiente.

5.5 Cuando CVAR=S (Segregación), existirán al menos dos registros duplicados en Datos de Identificación (Inicio). De las Vías resultantes (Datos de Variación) una sola de ellas podrá ser igual a la segregada, el resto no podrán existir previamente.

Los datos de Identificación siempre serán iguales y estarán completamente cumplimentados. Los datos finales (Datos de Variación) también estarán cumplimentados (salvo las particularidades para el Código de Vía).

3. Relación de Pseudovías.

El fichero de pseudovías contendrá la descripción de aquellas unidades que no se encuadran en el concepto de Unidad Poblacional ni de Vía (Barrios, Urbanizaciones. etc), que sustituyen a la Vía en el caso de que no exista o que la complementa en caso contrario.

La codificación de estas unidades las realizará el Ayuntamiento, y en su defecto el INE; en este último caso será comunicada la codificación asignada a los respectivos ayuntamientos por medio del fichero de intercambio específico que se ajustará a la siguiente estructura.

Se recomienda que los códigos asignados a las pseudovías no coincidan con los asignados a las vías

Campo Descripción Atr Ob
Datos Identif. CPRO * Código de Provincia N(2)
CMUN * Código de Municipio N(3)
CPSVIA Código de Pseudovía N(5)
TIPOINF Tipo de Información A(1)
CDEV Causa de Devolución A(2)
FVAR Fecha de Variación N(8)
CVAR Código de Variación A(1) 1
Datos Variac. CPSVIA Código de Pseudovía A(5)
DPSVIA Descripción de Pseudovía A(50)

Observaciones:

1. A pesar de ser un objeto de tipo territorial, no tienen sentido las variaciones de Fusión y Segregación.

2. La cumplimentación del fichero de Intercambio se realizará de Igual forma que para el fichero de relación de vías salvo lo referente a Fusiones y Segregaciones.

4. Relación de tipos de Vía.

Para permitir un intercambio adecuado de información, es preciso que el atributo Tipo de Vía pueda ser entendido por todos los usuarios sea cual sea el idioma en que esté escrito, y por lo tanto será precisa una normalización de los mismos.

Para el INE, los tipos de vía forman una tabla a nivel nacional, que trata de recoger los distintos tipos de vía de los ayuntamientos, las abreviaturas y variantes empleadas para cada uno de ellos.

La formación y mantenimiento de la tabla de Tipos de Vía es responsabilidad del INE. Los Ayuntamientos solicitarán a las respectivas Delegaciones Provinciales del INE los tipos y variantes válidos, tras lo cual el INE remitirá la tabla actualizada a todos los Ayuntamientos.

El formato del fichero de remisión de la tabla de Tipos de Vía Actualizada se ajustará al siguiente diseño:

Campo Descripción Atrib Ob
TVIAN Tipo de Vía Normalizado A(5)
TVIA Tipo de Vía A(5)
DTVIA Descripción del Tipo de Vía A(25)

Observaciones:

El número de Tipos de Vía en un determinado idioma es muy limitado, no así sus diferentes abreviaturas o las grafías en diferentes idiomas.

La tabla de Tipos de Vía contendrá la abreviatura del Tipo de Vía en Castellano, asignado por el INE (TVIAN), todas sus abreviaturas asignadas por los ayuntamientos (TVIA) así como las diferentes descripciones en cada una de las lenguas vernáculas.

Para cada Tipo de Vía Normalizado podrán existir un número indeterminado de TVIA y DTVIA que deberán ser considerados como sinónimos del Tipo de Vía Normalizado.

Por ejemplo el INE ha normalizado los Tipos de Vía AVENIDA y CALLE de la siguiente forma:

TVIAN TVIA DTVIA
CALLE CALLE CALLE
AVDA AVDA AVENIDA

Si un Ayuntamiento solicita la inclusión del tipo de Vía RUA como sinónimo de CALLE, otro AVINGUDA (con abreviatura AV) como sinónimo de AVENIDA y un tercero solicita la inclusión de la abreviatura C/ como sinónimo de CALLE así como la inclusión de KALEA (con igual abreviatura) para el mismo Tipo de Vía. El resultado final de la tabla de Tipos de Vía tras la inclusión de estas modificaciones sería la siguiente:

TVIAN TVIA DTVIA
CALLE CALLE CALLE
CALLE RUA RUA
CALLE C/ CALLE
CALLE KALEA KALEA
AVDA AVDA AVENIDA
AVDA AV AVINGUDA

Los TVIA RUA, C/ y KALEA serían sinónimos de CALLE mientras que AV lo sería de AVDA.

Únicamente los Tipos de Vía de esta tabla serán los permitidos en los ficheros de intercambio.

Es importante tener presente que definidos de esta forma los Tipos de Vía, dos vías serán distintas si difieren en su Tipo de Vía Normalizado o en su Denominación, por lo que se debería tener presente que sería un error considerar (según ejemplo) como distintas las Vías C/ MAYOR y RUA MAYOR ya que los Tipos de Vía son sinónimos del Tipo de Vía Normalizado CALLE.

5. Relación de tramos.

La relación de tramos (Tramero) es la pieza clave del conjunto de datos de tipo geográfico, a partir del cual identificado el tramo asociado a una vía, pseudovía o Unidad Poblacional y a un determinado número se podrá obtener el resto de la información complementaria a dicha identificación.

El formato de registro de intercambio se ajustará a la siguiente estructura:

Campo Descripción Atr Ob
Datos Identif CPRO * Código de Provincia N(2)
CMUN * Código de Municipio N(3)
DIST * Distrito N(2)
SECC * Sección N(3)
LSECC * Letra de Sección A(1) 3
SUBSC* Subsección A(2) 4
CUN Código de Unidad Poblacional N(7)
CVIA Código de Vía N(5)
CPSVIA Código de Pseudovía N(5) 6
MANZ Manzana A(12) 1
CPOS Código Postal N(5)
TINUM Tipo de Numeración N(1) 7
EIN Extremo Inferior de Numeración N(4) 2
CEIN Calificador EIN A(1) 2
ESN Extremo Superior de Numeración N(4) 2
CESN Calificador del ESN A(1) 2
TIPOINF Tipo de Información A(1)
CDEV Causa de Devolución A(2)
FVAR Fecha de Variación N(8)
CVAR Código de Variación A(1)
Datos Variac. DIST Distrito N(2)
SECC Sección N(3)
LSECC Letra de Sección A(1)
SUBSC Subsección A(2)
CUN Código de Unidad Poblacional N(7)
NENTCOC Nombre Corto de E.Colectiva A(25) 5
NENTSIC Nombre Corto de E.Singular A(25) 5
NNUCLEC Nombre Corto de Núcleo/Diseminado A(25) 5
CVIA Código de Vía N(5)
NVIAC Nombre Corto A(25)
CPSVIA Código de Pseudovía N(5)
DPSVIA Nombre de Pseudovía A(50)
MANZ Manzana Catastral A(12)
CPOS Código Postal N(5)
TINUM Tipo de Numeración N(1)
EIN Extremo Inferior de Numeración N(4)
CEIN Calificador del EIN A(1)
ESN Extremo Superior de Numeración N(4)
CESN Calificador del ESN A(1)

Observaciones:

1. El origen de este dato debe ser el que posee el Centro de Gestión Catastral. Aquellos Ayuntamientos que aún no hayan procedido a implantarlo en sus ficheros, cumplimentaran las tres primeras posiciones con el código asignado en las hojas de inscripción padronal dejando las restantes en blanco.

2. Los extremos de numeración serán el conjunto formado por su número y su calificador teniendo entonces una estructura del tipo NNNNA, donde NNNN es numérico y "A" es blanco o letra.

El extremo inferior debe ser menor o igual al superior y la parte numérica de ambos campos debe ser par o impar al mismo tiempo.

La experiencia nos ha hecho comprobar que la estandarización de estos datos es muy compleja, y que las numeraciones que los propios ayuntamientos asignan a los casos de duplicados y triplicados normalmente no se han ajustado a las instrucciones que el INE ha publicado para su cumplimentación. Por ello, creemos que es el momento de intentar normalizar estos datos de la siguiente forma.

Para una vía física podrán existir tres tramos de Numeración:

a. Tramo de los Pares

b. Tramo de los impares

c. Tramo de "Sin Numeración"

Tanto los tramos de pares o impares se definen a partir de las 4 primeras posiciones numéricas. El caso de duplicados- triplicados etc, se incluirán en la quinta posición alfabética simplemente asignando en orden creciente las letras del Abecedario ( por ejemplo del 0018A al 0018Z en el caso de los pares y 0045A-0057Z en el caso de impares ), de esta forma un intervalo de numeración de la forma 0003Z al 0099 incluiría todos los números superiores e iguales a 0003Z e iguales o inferiores a 0099.

Cuando no exista numeración su estructura será siempre EIN=ESN=0000S.

Se recomienda que el tramero se ajuste lo más posible a la realidad, es decir que se indiquen los tramos reales y los números reales existentes.

No deben existir tramos solapados en ninguno de sus extremos.

3. La manzana es una unidad que no puede dividirse y que debe estar íntegramente incluida en una sección.

Excepcionalmente, cuando el número de Electores de una manzana sea superior a 2000, la manzana podrá estar incluida en más de una sección. En este caso las secciones involucradas estarán identificadas por medio de LSECC, manteniendo el mismo valor de SECC.

4. La división de Secciones en Subsecciones implica una codificación de cada una de ellas. Cuando la división en mesas de la sección es de tipo alfabético, el campo SUBSC deberá permanecer a blancos, mientras que si la división es de tipo territorial, su valor se asignará por el ayuntamiento en forma ascendente desde 01 a 99,según el número de territorios en que se haya dividido la sección.

5. Sólo estarán cumplimentados si se desconoce (ha sido alta y el INE no ha podido comunicar el código asignado) el contenido del campo CUN. En este caso es imprescindible que el ayuntamiento haya remitido al INE la actualización al Nomenclátor de Entidades.

6. Cuando el Código de Pseudovía tiene valor y, por lo tanto, no existe Vía (Código de Vía igual a ceros), se deberá entender que los intervalos de numeración se corresponderán con los de la Pseudovía.

Si tanto los códigos de Vía como de Pseudovía permanecen a ceros (no existe vía ni pseudovía), los intervalos de numeración se corresponderían con los de la Unidad Poblacional numerada.

7. El campo TINUM (Tipo de Numeración) podrá tener el siguiente contenido:

0: Tramo de "Sin Numeración"

. 1: Tramo de Numeración Impar.

2: Tramo de Numeración Par.

Si fuese preciso, en un futuro, este campo podrá albergar el contenido para otros tipos de numeración.

8. Cumplimentación del Fichero de Intercambio.

CVAR=A (Alta de tramo). Tendrán contenido los datos de Identificación marcados con asterisco (*) y todos los datos de variación.

CVAR=B (Baja de tramo). Tendrá contenido exclusivamente los datos de identificación.

CVAR=M (Modificación de tramo). Todos los campos estarán cumplimentados.

CVAR=F (Fusión de tramos). Todos los campos estarán cumplimentados.

CVAR=S (Segregación de tramos). Todos los campos estarán cumplimentados.

6. Relación de Habitantes.

Incluirá a todas las personas existentes en el Padrón Municipal de Habitantes. El contenido de esta relación es responsabilidad exclusiva del Ayuntamiento.

El diseño del fichero de intercambio se ajustará a la siguiente estructura:

Campo Descripción Atr Ob
Datos Identif CPRO * Código de Provincia de Residencia N(2)
CMUN * Código de Municipio de Residencia N(3)
NOMB Nombre A(20)
PART1 PartÍcula Primer Apellido A(6) 5
APE1 Primer Apellido A(25)
PART2 Partícula Segundo Apellido A(6) 5
APE2 Segundo Apellido A(25)
CPRON Código de Provincia de Nacimiento N(2)
CMUNN Código de Municipio de Nacimiento N(3)
FNAC Fecha de Nacimiento N(8) 7
TIDEN Tipo de Identificador N(1) 8
LEXTR Letra Documento Extranjeros A(1) 14
IDEN Identificador N(8) 14
LIDEN Código de Control del Identificador A(1) 14
NDOCU Número de Documento A(20) 14
NIA Número de Identificación del Ayuntamiento A(15) 3
NIE Número de identificación Electoral N(11)
TIPOINF Tipo de Información A(1)
CDEV Causa de Devolución A(2)
FVAR Fecha de Variación N(8)
CVAR Código de Variación A(1)
CAUV Causa de Variación A(2) 13
Datos Variac. DIST Distrito N(2)
SECC Sección N(3)
LSECC Letra de Sección A(1)
CUN Código de Unidad Poblacional N(7)
NENTCOC Nombre Corto A(25)
NENTSIC Nombre Corto A(25)
NNUCLEC Nombre Corto A(25)
CVIA Código de Vía N(5)
TVIA Tipo de Vía A(5)
NVIAC Nombre Corto A(25)
CPSVIA Código de Pseudovía N(5)
DPSVIA Nombre de Pseudovía A(50)
TINUM Tipo de Numeración N(1)
NUMER Número N(4) 1
CNUMER Calificador de NUMER A(1) 1
NUMERS Número (Superior) N(4) 2
CNUMERS Calificador de NUMERS (Superior) A(1) 2
KMT Kilómetro N(3) 16
HMT Hectómetro N(1) 16
BLOQ Bloque A(2) 16
PORT Portal A(2) 16
ESCA Escalera A(2) 16
PLAN Planta A(3) 16
PUER Puerta A(4) 16
TLOC Tipo de Local A(1) 16
NIA Número de Identificación del Ayuntamiento A(15)
NHOP Número de Hoja Padronal A(10) 4
NIE Núm. Identificación Electoral N(11)
NOMB Nombre del Habitante A(20)
PART1 Partícula del Primer Apellido A(6)
APE1 Primer Apellido A(25)
PART2 Partícula del Segundo Apellido A(6)
APE2 Segundo Apellido A(25)
SEXO Constitución N(1) 6
CPRON Código Provincia de Nacimiento N(2) 15
CMUNN Código de Municipio de Nacimiento N(3) 15
FNAC Fecha de Nacimiento N(8)
TIDEN Tipo de Identificador N(1)
LEXTR Letra Documento Extranjeros A(1)
IDEN Identificador N(8)
LIDEN Código de control del Identificador A(1)
NDOCU Número de Documento A(20)
CNES Código Nivel de Estudios N(2) 9
NACI Código de Nacionalidad N(3) 10
PRDP Código de Provincia de Destino o Procedencia N(2) 11 Y 15
MUDP Código de Municipio de Destino o Procedencia N(3) 11 Y 15
CODP Código de Consulado de Destino-Procedencia N(3) 12

Observaciones:

1.Las numeraciones estarán formadas por el conjunto NUMER y CNUMER, con el mismo formato que los extremos de numeración del tramo. No deberá existir ningún Número/Calificador que no se encuentre comprendido en un tramo.

2.Cuando el domicilio del habitante presente doble numeración, los campos NUMER y CNUMER estarán cumplimentados con la numeración inferior y los campos NUMERS y CNUMERS con la numeración superior. Si el domicilio no presenta esta particularidad, estos dos campos deberán permanecer a blancos.

3.El campo NIA deberá ser asignado por el Ayuntamiento y deberá identificar sin ambigüedades al habitante. No deberá existir ningún habitante que no tenga asignado su correspondiente NIA.

4.El NHOP se asignará por los Ayuntamientos y deberá permitir identificar unívocamente cada vivienda en que existan habitantes dentro del municipio. Si el Ayuntamiento había numerado dentro de la sección se recomienda que el número asignado sea precedido por seis caracteres compuestos por el Distrito, la Sección y la Letra de la Sección.

5.La identificación-ordenación de los habitantes por nombres se ve muy dificultada por la presencia de partículas de unión entre apellidos o al principio de cada de cada uno de ellos. Estas partículas deberán ser identificadas, eliminadas de los apellidos e incluidas en sus respectivos campos. En este sentido, INDALO, identifica las siguientes partículas: DE, DEL, DE LA, DE LOS, LA, LAS, LOS, VAN, VD, TEN, relación que puede ser incrementada a indicación del INE.

La suma de las longitudes de los campos de partículas con los apellidos no deberá sobrepasar en ningún caso la longitud de 25 caracteres por lo que la longitud máxima de los apellidos cuando existan partículas será igual a 25- (longitud de partícula+1).

6.Los valores posibles serán 1=Varón, 6=Mujer.

7.El formato de los campos de fecha será siempre AAAAMMDD, donde AAAA=Año, MM=Mes, DD=Día.

8.Indicará el tipo de documento que presenta el habitante para su identificación con los valores posibles: 1=DNI, 2=Pasaporte, 3=Tarjeta de Residencia, 0=Sin documento acreditativo.

9.El código de Nivel de estudios unifica las codificaciones propuestas por INDALO y las solicitadas por el INE para Censo Electoral. Aquellos Ayuntamientos que aún no hayan incorporado en su Padrón la codificación propuesta por INDALO únicamente tendrán que cumplimentar los códigos cuyo segundo dígito sea 0.

(La corrección de los errores incluidos en esta tabla de códigos del nivel de estudios está contenida en el párrafo cuarto del punto12. Actualización de los ficheros de intercambio de la Resolución de 21 de julio de 1997 , de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre actualización del Padrón municipal.)

Código Descripción
10 NO SABE LEER NI ESCRIBIR
11 No sabe leer ni escribir
20 TITULACION INFERIOR AL GRADO DE ESCOLARIDAD
21 Sin estudios
22 Enseñanza Primaria incompleta, cinco cursos de EGB o equivalente
30 GRADUADO ESCOLAR O EQUIVALENTE
31 Bachiller elemental, graduado escolar, EGB completa, Primaria completa, certificado de escolaridad o equivalente.
32 Formación profesional primer grado. Oficialía industrial
40 BACHILLER, FORMACION PROFESIONAL DE 2º GRADO O TITULOS EQUIVALENTES O SUPERIORES
41 Formación profesional segundo grado, Maestría industrial
42 Bachiller superior, BUP
43 Otros titulados medios (Auxiliar de clínica, Secretariado, Programador informático, Auxiliar de vuelo, Diplomado en artes y oficios, etc.)
44 Diplomado de escuelas universitarias (Empresariales, Profesorado de EGB, ATS y similares)
45 Arquitecto o Ingeniero Técnico
46 Licenciado universitario, Arquitecto o Ingeniero Superior
47 Titulados de estudios superiores no universitarios
48 Doctorado y estudios de postgrado o especialización para licenciados

10.Código de Nacionalidad. Este código deberá existir siempre aunque se trate de españoles. Los códigos de nacionalidades se obtendrán de la Orden de 25 se setiembre de 1995 por la que se dictan las directrices e instrucciones técnicas para la realización del Padrón Municipal de Habitantes de 1996 así como de las observaciones realizadas en el Anexo VII de esta misma Orden.

11.Un determinado habitante, reside en un municipio determinado (CPRO-CMUN), pero este habitante puede ir a residir a otro municipio o puede ser que provenga de otro distinto. Estos últimos datos son los que se incorporarán en los campos (PRDP y MUDP). Estos campos deberán estar cumplimentados en los casos de variaciones intermunicipales del habitante tanto para el alta como para la baja.

Se determinará si son campos de procedencia o destino en conjunción con el código y causa de variación. Por ejemplo un determinado habitante que reside en el Municipio 001 de la provincia 01 cambiará su residencia al municipio 003 de la provincia 03. Los registros y valores de los campos a que daría lugar este cambio de residencia serían los siguientes:

Campo Municipio 01 001 Municipio 03 003
CPRO 01 03
CMUN 001 003
CVAR Baja Alta
CAUV Variación Residencial Variación Residencial
PRDP 03 01
MUDP 003 001

12.En los casos de variaciones residenciales con el extranjero, sería conveniente que se identificase el Consulado.

Cada Consulado se encuentra codificado independientemente del país en que se localiza, sin ser necesario que el Consulado en que se inscriba el emigrante se localice en el mismo país de residencia (o destino) ya que puede suceder que en un determinado país no existan Consulados.

13.La tabla de Causas de Variación (CAUV) en relación con los códigos de Variación (CVAR) se ajustará a la siguiente:

CVAR CAUV Descripción
A OM Alta por Omisión
CR Alta por Cambio de Residencia
NA Alta por Nacimiento
B DE Baja por Defunción
II Baja por inclusión Indebida
DU Baja por Duplicado
CR Baja por Cambio de Residencia
M PE Modificación Datos Personales
RD Rectificación de Datos por modificaciones Territoriales sin intervención del habitante.
CD Modificación Cambio de Domicilio

14.Los documentos acreditativos del habitante (DNI,Pasaporte, Tarjeta de Residencia) como norma deberían estar incluidos en el campo IDEN (N(8)), mientras que el tipo de documento vendría definido en el campo Tipo de Identificador (TIDEN).

A pesar de ello es probable que ciertas identificaciones de estos documentos (fundamentalmente pasaporte de extranjeros) no se adecuen al formato especificado en IDEN y sea preciso incluirlas en el campo de NDOCU (Número de documento), es decir el campo NDOCU únicamente estará cumplimentado cuando por el formato del número del documento no pueda ser incluido en el campo IDEN (normalmente cuando el documento no está expedido por autoridades españolas).

15.En todos los casos de Provincia-Municipio tratados, en este documento, se está refiriendo a Municipios del territorio español. En el caso de que se trate de variaciones residenciales con el extranjero, los códigos de provincia involucrados se marcarán con 66, mientras que los códigos de municipio estarán cumplimentados con el respectivo código de país. La codificación de estos últimos se obtendrá de la misma forma que para el campo NACI.

16.En estos campos, se ha intentado obtener todas las posibilidades de direcciones postales. No debe olvidarse que la estructura señalada es siempre una estructura mínima y las particularidades de cada ayuntamiento pueden y deben ser introducidas como atributos adicionales.

De forma general la ausencia de un determinado dato se indicará con blancos, aunque el dato en cuestión deba tener contenido numérico en caso de existir.

El los campos de bloque, portal, escalera, planta y puerta si su contenido es alfabético se justificará a la izquierda con blancos a la derecha, si el contenido es numérico se rellenará con ceros a la izquierda.

En función de la tablas utilizadas actualmente por diferentes organismos para ESCA, recomendamos la normalización de los casos más habituales en la tabla que a continuación se detalla:

ESCA Descripción ESCA Descripción
EX Exterior IZ Izquierda
YN Interior DR Derecha
CN Centro CD Centro Derecha
CI Centro Izquierda YI Interior Izquierda
YD Interior Derecha EI Exterior Izquierda
YC Interior Centro EC Exterior Centro
CY Centro Interior Derecha CZ Centro Interior Izquierda
CE Centro Exterior Derecha CF Centro Exterior Izquierda

En la tipología de Local=Vivienda para PLAN se recomienda la siguiente estructura:

PLAN Descripción PLAN Descripción
P01 Planta Primera P02 Planta Segunda
Pxx Planta XX SOT Sótano
SSO Semisótano PBJ Planta Baja
PBI Bajo Interior PBE Bajo Exterior
ENT Entresuelo PRL Principal
A01 Atico 01 Axx Atico XX
ALT Altillo S01 Sótano 01
S02 Sótano 02 Sxx Sótano XX

Para el Campo TLOC, el INE diferenciará los siguientes contenidos:

TLOC Descripción TLOCDescripción
1 Vivienda o Alojamiento 2 Establecimiento Colectivo

17. Cumplimentación del fichero de Intercambio

CVAR=A (Alta del Habitante en el Municipio). Tendrán contenido los datos de Identificación marcados con asterisco (*) y todos los datos de variación.

CVAR=B (Baja del Habitante en el Municipio). Tendrá contenido exclusivamente los datos de identificación.

Cuando la Baja sea por Duplicado, los campos de "Datos de Variación" se cumplimentarán con los datos del habitante con el que está duplicado.

CVAR=M (Modificación del Habitante en el Municipio). Todos los campos estarán cumplimentados.

Cuando las variaciones al Padrón vengan definidas por Variaciones Residenciales, tanto para el alta como para la baja deberán cumplimentarse los campos de Provincia- Municipio de Destino/Procedencia.

7. Renumeración de vías.

Cuando una vía (Unidad Poblacional o Pseudovía) haya sufrido una renumeración en sus Números, el ayuntamiento identificará número a numero la situación inicial y la final mediante el siguiente formato de registro.

Campo Descripción Atr Ob
Datos Identif CPRO Código de Provincia N(2)
CMUN Código de Municipio N(3)
CUN Código de Unidad Poblacional N(7)
CVIA Código de Vía N(5)
CPSVIA Código de Pseudovía N(5)
TINUM Tipo de Numeración N(1)
NCALI Número de Calle Inicial N(4)
CNCALI Calificador de NCALI A(1)
NCALIS Número de Calle Inicial (Superior) N(4)
CNCALIS Calificador de NCALIS (Superior) A(1)
Datos Variac. NCALF Número de Calle de Destino N(4)
CNCALF Calificador de NCALF A(1)
NCALFS Número de Calle Final (Superior) N(4)
CNCALFS Calificador de NCALFS (Superior) A(1)

1.Todos los datos estarán siempre cumplimentados, salvo los campos NCALIS, CNCALIS, NCALFS, CNCALFS que pueden permanecer a blancos cuando el domicilio carezca de doble numeración.

2.Los datos de Identificación siempre contendrán los datos iniciales que posea el INE antes de cualquier tipo de rectificación.

3.Los datos de Variación tendrán siempre el valor del número de calle después de haber realizado la rectificación.

Si una vía únicamente sufre una renumeración, tanto la numeración inicial como la final se corresponderían con numeraciones de la misma vía.

Si dos vías (VIA A y VIA B) se fusionan en una sola (VIA C), lo normal, es que al menos una de las dos vías fusionadas (por ejemplo la VIA B) se renumere. La cumplimentación del fichero de renumeración de vías se realizará indicando en la situación inicial los números de la via inicial (VIA B) y en los datos de variación los números de la vía final (VIA C). (Como es obvio, el Ayuntamiento ha debido indicar en los ficheros adecuados que se ha producido la fusión de estas dos vías.)

c. Denominación de los ficheros de intercambio

La denominación de los ficheros de intercambio se ha codificado para que pueda ser independiente del soporte informático que se utilice.

La denominación en sentido estricto debe estar limitada a 8 caracteres ya que es la longitud máxima que se puede alcanzar cuando un fichero es tratado en Ordenadores Personales para entornos distintos al Windows95.

Por otra parte, a pesar de que las Diputaciónes Provinciales puedan hacerse cargo de la gestión del Padrón Continuo de más de un Municipio, es necesario que se remitan al INE ficheros independientes para cada municipio.

El INE devolverá los ficheros al Ayuntamiento o Diputación según quien los haya enviado.

Las limitaciones en esta longitud nos ha llevado a codificar la estructura de la denominación del fichero de la siguiente forma:

Formato general: IPPMMMOD.maa donde:

I Identificación del Fichero de Intercambio. Puede tener los siguientes valores:

U Relación de Unidades Poblacionales.

V Relación de Vías

P Relación de Pseudovías

T Relación de Tipos de Vía

R Relación de Tramos

H Relación de Habitantes

N Relación de Renumeración de Vías.

PP Código de Provincia

MMM Código de Municipio

O/D Origen y Destino del fichero de Intercambio. Ambos datos pueden tener los siguientes valores:

I INE

A Ayuntamientos.

D Diputaciónes Provinciales, Cabildos o Consejos Insulares

"." La posición 9 del nombre siempre deberá estar cumplimentada con un "punto" que se correspondería con:

1. Para plataformas PC, con el nexo de unión entre el nombre estricto del fichero (8 caracteres) y su extensión (3 caracteres).

2. Para otras plataformas el punto se incluirá como un carácter más del nombre a 12 caracteres.

De esta forma la denominación del fichero será de 12 caracteres y siempre la posición 9 deberá estar cumplimentada con un "punto" (.).

m Mes de envío del fichero. Según la siguiente tabla de equivalencias:

Mes m
01 1
02 2
03 3
04 4
05 5
06 6
07 7
08 8
09 9
10 0
11 A
12 B

aa Año de remisión del fichero. Se incluirán los dos últimos dígitos del año.

Por ejemplo, el mes de noviembre de 1999 en INE remite al Municipio 001 de la Provincia 24 el fichero de Unidades Poblacionales. La denominación del fichero será la siguiente: U24001IA.A99.


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(©) INE. 1997
Última modificación: 9 de Junio de 1997