MODELO DE EXPEDIENTE DE PRÉSTAMO CON CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A AMORTIZAR EN 6 AÑOS, CON EL 1,5 % DE TASA DE GESTIÓN.

 

 

 

D.                                , Secretario-Interventor, del Ayuntamiento de                         (Palencia).

 

CERTIFICO: Que el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de     de                                de       , adoptó por                              , que representa la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, el siguiente acuerdo:

 

"PROYECTO DE CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN MUNICIPAL, DE LA DIPUTACIÓN  DE PALENCIA Y EL AYUNTAMIENTO DE FUENTES DE NAVA, POR IMPORTE DE             EUROS.

 

 

                                         CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- La Junta de Gobierno de la  Diputación de Palencia, acordó en  sesión celebrada el día             de 200__, conceder al Ayuntamiento de             , un préstamo de            EUROS,  con    destino  a   financiar  la  obra de                                                                                                                     , cumplida la tramitación exigida por el Reglamento de la Caja Provincial de Cooperación Municipal.

 

SEGUNDA.- El importe del préstamo se hará efectivo al Ayuntamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 14º  del Reglamento de la Caja.

 

TERCERA.- El plazo de devolución será de 6 años de amortización, en anualidades sucesivas, fijas e iguales partir del año  siguiente al que se consolide, de acuerdo con el art. 15º del Reglamento,  y con  vencimientos de conformidad con el cuadro de amortización adjunto.

Por las cantidades dispuestas hasta que el préstamo se consolide, se abonará el correspondiente gasto anual de gestión, según sus características, lo que se comunicará a la Entidad Local de forma individualizada.

 

CUARTA.- El préstamo devengará un gasto anual de gestión del  1,5  por ciento anual, de conformidad con el artículo 7º del Reglamento de la Caja.

 

QUINTA.- El importe de la anualidad, comprensiva de amortización y gasto anual de gestión, será de          Euros,  y tendrá igual cuantía en los 6 años de reintegro del préstamo.

 

SEXTA.- El Ayuntamiento se compromete a consignar en sus presupuestos sucesivos la cuota anual indicada en la cláusula anterior, sin perjuicio de lo cual garantiza especialmente la devolución del préstamo con los siguientes recursos:

1º.- Recursos recaudados por el Servicio de Recaudación de la Diputación

2º.- Participación en Tributos del Estado.

3º.- Recursos recaudados por el propio Ayuntamiento

 

 

Estos recursos quedarán afectados, en la cuantía necesaria, al pago del préstamo y sus gastos de gestión, hasta la cancelación del mismo, hallándose en la actualidad libres de toda carga o gravamen, que no sean los dimanentes en su caso, de operaciones ya concertadas con la Caja Provincial de Cooperación, no pudiendo el Ayuntamiento comprometerlos como garantía de nuevos préstamos u operaciones de crédito en tanto no se cancele la que es objeto de este contrato, a no ser que fuere expresamente autorizado por la Caja Provincial de Cooperación.

 

SÉPTIMA.- A los efectos de la cláusula anterior, el Ayuntamiento autoriza expresamente a la Diputación, para la retención de las cantidades correspondientes de los recursos recaudados u otros ingresos que haya de recibir  de esta Corporación Provincial, para compensar las cantidades vencidas y pendientes de amortizar del préstamo. Asimismo autoriza a la Diputación para solicitar del Ministerio de Hacienda la retención de sus participaciones en los Tributos del Estado, en la parte proporcional que corresponda y con la misma finalidad.

 

OCTAVA.- El transcurso de un año desde la formalización del contrato sin que el Ayuntamiento  haya solicitado la disposición de los fondos del mismo, producirá su caducidad, a no ser que, en el período previo de audiencia, el Ayuntamiento  solicite prórroga justificada o que existan causas no imputables a la misma que provoquen el retraso y así se acredite.

 

NOVENA.- El  Ayuntamiento  podrá, si así lo estima conveniente, anticipar parcial o totalmente la amortización de este préstamo , efectuándose la liquidación correspondiente.

 

DECIMA.- Los retrasos en el pago de los vencimientos correspondientes, llevarán implícito la liquidación de los intereses de demora, al tipo legal vigente en ese momento, sobre el importe total pendiente de pago, desde la fecha en que se produjo el vencimiento de la deuda hasta aquélla en que se haga efectivo el ingreso en la Tesorería de la Diputación

 

UNDÉCIMA.- En lo no previsto en este contrato se estará a lo dispuesto en el Reglamento de la Caja y disposiciones concordantes.

 

Y para que conste, y remitir a la  Diputación de Palencia, expido el presente, que visa el Sr. Alcalde, en                                                     a         de                                  de 200__.

 

 

 

                 Vº   Bº

          EL ALCALDE,