PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACION DE LOS TRABAJOS DE PLANEAMIENTO SIGUIENTES: NORMAS URBANISTICAS MUNICIPALES DE LOS MUNICIPIOS DE CALAHORRA DE BOEDO Y VILLOLDO, INCLUIDOS EN EL PLAN PROVINCIAL DE URBANISMO DE 2004 , MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD

 

 

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            Cláusula 1.-  Objeto del contrato.-

                                               El  presente pliego de cláusulas administrativas contiene la regulación básica del procedimiento negociado sin publicidad para adjudicar  los trabajos de planeamiento urbanistico arriba referenciados.

 

 

            Cláusula 2.-   Marco de financiacion.-

                                               Estos trabajos, junto con otros   que  no son objeto de este pliego de condiciones,  están incluidos en el Plan Provincial de Urbanismo del año 2004, financiado al 55 % por Diputacion y el otro 45% por los ayuntamientos afectados,existiendo consignacion en el presupuesto de 2004, en la partida de gastos 13-43203-601.01.

 

 

            Cláusula 3 .- Plazo de ejecución.-

                                                El plazo máximo de ejecución de los trabajos objeto del presente pliego es el que figura en los correspondientes Pliegos de prescripciones técnicas y sus anexos.  Se establecen plazos parciales resultantes de dividir el plazo máximo en periodos sucesivos, en conformidad con los calendarios incluidos en los pliegos de `prescripciones técnicas, los cuales señalan el fraccionamiento de los trabajos en fases y los distintos  presupuestos parciales, que suponen porcentajes del presupuesto total. Los trabajos correspondientes a cada fase darán lugar a entregas parciales.

 

            La fecha oficial del comienzo de los trabajos será la del día siguiente a la firma del contrato.

            Para el cómputo de los plazos solo se tendrán en cuenta los periodos de tiempo en que el equipo trabaje en el objeto del contrato, sin contabilizar los que se consuman en la adopcion de acuerdos por cualquier Organo de la Administración, ni los que transcurran desde que se entreguen los documentos hasta que se inserten en el BOP los anuncios pertinentes para cumplir los trámites de informacion pública y participacion ciudadana.

           

            Cláusula 4 .-. Presupuesto del contrato y financiación.-

                                                                                              El presupuesto de cada uno de los trabajos es el siguiente: Normas Urbanísticas de Calahorra de Boedo 9.000 euros. Normas Urbanísticas de Villoldo, 12.000 euros.

           

            Dichos trabajos   urbanisticos que se sacarán a licitacion  por procedimiento negociado se financiaràn con cargo al Plan Provincial de Urbanismo del año 2004, aprobado en sesión plenaria del 22.12.2003 .

 

 

            Cláusula 5.- Contenido y documentación.-

                                                                       El contenido y condiciones  de los trabajos se ajustará a lo establecido  establecido en las presentes clausulas administrativas, en el contrato y en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas. asimismo, revestirán caracter contractual  los planos, los cuadros de precios y demas documentos que forman parte de la programaciòn y descripcion del los trabajos.

 

            Clausula 6 .- Condiciones de los licitadores.-

                                                                       Quienes concurran a la contratación de los trabajos a que se refiere este Pliego habrán de reunir las condiciones siguientes:

            -a.- Ser persona juridica , española o extranjera, cuyos fines   señalados  en sus Estatutos o reglas fundacionales, tengan relacion directa con el objeto del contrato, o ser empresario  individual que que disponga de organizacion con elemenos personales y  materiales dedicados de modo permanente a la actividad, que, de igual modo, guarde relación directa con el objeto del contrato .

            -b.- Tener plena capacidad jurídica y de obrar y no estar incluidos en ninguno de los casos de incapacidad  o incompatibilidad que contempla el articulo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

            -c.- Acreditar experiencia suficiente en trabajos de análoga naturaleza  a los que  regulan en estas bases. Dicha suficiencia será  enjuiciada por  el órgano contratante.

           

           

            Cláusula 7.-  Garantías.-            a.- Garantia provisional.- Se dispensa de la constitucion de la garantia provisional, al amparo de lo dispuesto en el articulo 35,5 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

                                                                       b.- Garantía definitiva.- Antes de la formalización del contrato y en el plazo de quince dias hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se le notifique la adjudicación definitiva, el adjudicatario deberá constituir fianza definitiva por importe del 4%  del presupuesto de adjudicacíón, bien sea en metálico, valores o aval bancario, que se consignarán en la Caja de la Corporación                              .                                 

                                                          

 

 

            Cláusula 8.- Proposiciones y documentación.-

                                                                        Las Empresas consultadas podrán presentar su proposición en el Registro General, en mano, de las 9 a las l4 horas, durante los ocho dias naturales siguientes al recibo de la invitación.

            Tambien podrá presentarse la proposicion por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposicion del envío en el Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Organo de contratación, por fax, telex o telegrama, la remision de la proposicion.

            .  Las proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados, identificados con las letras A y B y en las cuales figurará la inscripción "Proposición para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad por la Excma, Diputación Provincial de Palencia( o Ayuntamiento de..) para la realización de los trabajos de.........."

 

            El sobre A contendrá la proposicion económica que deberá formularse con arreglo al modelo oficial que se inserta al final del presente pliego. Se entenderá a todos los efectos, que las ofertas comprenden no solo el precio de contrata, sino tambien el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, de acuerdo con lo establecido en el art 25 del Reglamento para este impuesto, aprobado por RD 2028/1985 de 30 de octubre.

 

 

            El sobre B contendrá los siguientes documentos:

            - currriculum vitae con los datos personales académicos y profesionales, medio de que se dispone,concursos en los que han participado y puesto alcanzado en los mismos, de cada componente del equipo y compromiso expreso de los mismos para la realizacion del trabajo. Los equipos incluiràn al menos un Técnico  o Licenciado competente en materia de urbanismo, residente habitual en Palencia, que podrá representar  al licitador de acuerdo con la cláusula 14 de este Pliego. Se describirán los equipos de personal que hayan de intervenir y la relación de los medios materiales de que se disponga.

 

            - declaración de todos los componentes del equipo de aceptar un régimen de incompatibilidad, segun el cual se comprometen a no participar en los trabajos de iniciativa particular de edificacion,planeamiento o urbanizacion, durante la redacción del planeamiento objeto del contrato y en su mismo ámbito, y hasta 2 años despues de la aprobacion definitiva del mismo, en caso de que les sea adjudicado.

            - relacion de trabajos realizados, tanto a nivel individual por cada elemento del equipo, como por éste en su conjunto, diferenciando los siguientes aspectos: trabajos de planeamiento general, trabajos de planeamiento del tipo del objeto de contratación., trabajos de planeamientoen el territorio donde se halla comprendido el ambito del planeamiento objeto   del  contrato  (region,provincia,comarca, municipio), trabajos actualmente en realización, justificando la capacidad de dedicacion al tema propuesto.

            -  Justificación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos previstos por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

            -  Declaración en  la que el licitador afirme bajo su responsabilidad no hallarse comprendido en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad señalados en el  art 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000 anteriormente referido.

            -  Si se trata de una sociedad, el documento que acredite la representación de la misma, bastanteado por el Secretario  de la Excma,Diputación  Provincial .  Para los empresarios individuales será obligatorio la  presentación del DNI, o copia del mismo.

            -  Certificaciones acreditativas de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

            -- Ultimo recibo acreditativo del pago del Impuesto de Actividades Económicas del epígrafe que le faculte para contratar.

 

            - Se presentará un sobre A para cada trabajo.

            - El sobre B puede ser único, para el caso de presentarse a más de un trabajo.

 

            Cláusula 9.-  Apertura de plicas.-

                                  

                                               No se constituirá Mesa de Contratación, al no exigirla la ley.

                                               La apertura de las plicas se llevará a cabo por el Secretario municipal

                                               La apertura del Sobre B, Documentacion administrativa se realizará  el primer día hábil siguiente a aquel en que haya finalizado el plazo de presentacion de proposiciones, procediendose por el funcioario encargado al examen de sus condiciones exteriores y su contenido y decidiendo acerca de su admiisión y exclusion, en virtud de las normas legales vigentes y de las clausulas del pliego de condiciones.

                        El funcionario encargado suscribirá la correspondiente propuesta de Resolucion que se someterá a la conformidad del Ayuntamiento

                        Si se observasen defectos materiales en la documentacion presentada podrá concederse un plazo no superior a tres dias hábiles para que el licitador subsane el error observado.

                        Pasado el plazo que se haya podido conceder para la subsanacion de errores, se procederá a la apertura de las proposiciones económicas presentadas. Tras su estudio, y a la vista de los informes técnicos, si es que se hubieren solicitado, se elevará propuesta de adjudicación a la Corporacion, propuesta que se fundará en los siguientes criterios:

           

-  La mayor experiencia profesional en materia urbanística, (máximo 5 puntos)

-  El arraigo o mejor conocimiento del territorio correspondiente.(máximo 4 puntos)

-  La oferta económica. (máximo 3 puntos)

           

 

            Cláusula 10.- Adjudicación definitiva.-

                                                           El órgano contratante, a la vista de lo actuado y propuesto, dictará la resolución procedente de adjudicación definitiva o  de denegación declarando desierta la contratación, en el supuesto de que las proposiciones presentadas no convinieran ninguna de ellas a los fines del concurso.

 

            Cláusula 11.-  Formalización del contrato.-

                                                           Efectuada la adjudicación definitiva, la Diputacion  notificará  al contratista, en el plazo de 10 días, requiriéndole  al propio tiempo para que dentro de los 10 dias siguientes al de la notificación presente el documento acreditativo de haber constituido la fianza. En la propia notificación será citado el interesado para la formalización escrita del contrato.

 

            Cláusula 12.-  Ejecución del contrato.-

                                                           Los trabajos contratados habrán de realizarse con sujeciòn estricta a los pliegos que sirven de base al contrato.   Sin perjuicio de lo anterior, será obligatorio para el contratista la aceptación de variaciones de detalle que no alteren sustancialmente los pliegos de condiciones ni los precios establecidos en el proyecto. El Departamento de Urbanismo de la Diputación, el municipio afectado, la Comisiòn Provincial de Urbanismo y cuantos organismos se estime oportuno consultar  (Sanidad,Comisión  Provincial de Patrimonio,  los entes titulares de las carreteras afectadas  por el planeamiento...) podrán ordenar  las modificaciones oportunas,  sin que el precio del contrato haya de sufrir variación alguna.  Para el caso de modificaciones de mayor entidad, y que no dimanen de una realización incorrecta del trabajo, será de aplicación lo dispuesto en el art, 101 del RDL 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

 

            Cláusula 13.-  Riesgo y ventura.-

                                                           El contrato se entiende convenido a riesgo  y ventura para el contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio o indemnización alguna.  En ningun caso tendrá lugar la revisiones de precios.

 

            Cláusula 14 .- Presencia del contratista.-

                                                           El contratista por  sí o por medio de persona técnica autorizada para representarle, deberá residir en lugar  adecuado dentro de la provincia de Palencia, debiendo señalkar un domicilio en el que se puedan practicar las notificaciones que hayan de hacérsele.

 

            Cláusula 15.- Entrega de los trabajos.-

                                                           El adjudicatario deberá entregar la totalidad de los trabajos en las oficinas del órgano contratante dentro del plazo estipulado, expidiéndose por el funcionario que se haga cargo de ellos el recibo correspondiente.  El Departamento de Urbanismo de la Diputación, en el plazo de 15 dias, realizará la comprobación detallada del mismo para determinar si ha sido realizado conforme  al contrato y prescripciones técnicas, y si lo encuentra correcto, emitirá su informe favorable con propuesta de aceptación al órgano  contratante. Si éstos no se encuentran conformes, se darán al adjudicatario o consultor las instrucciones precisas  con el fin de corregir las deficiencias observadas, fijándose plazo para efectuarlo, expirado el cual y realizada la nueva entrega se procederá en igual forma a un nuevo examen y comprobación detallados. El incumplimiento de estas instrucciones  será causa de resoluciòn del contrato.

                                                           Del documento de avance se entregarán 3 ejemplares en papel (DIN A4). Del documento de aprobacion inicial, 4 en papel y 3 en formato digital. Del documento de aprobacion provisional, 4 en papel y 3 en formato digital.

                                                           Los trabajos que se entreguen en soporte digital tendrán las siguientes características: En la información geográfica y planimétrica el software deberá ser "ArcView". La información alfanumérica se presentará en un formato que permita su fácil exportación a RTP, PDF, HTML y EXCEL.. (Cualquier dura sobre estas especificaciones se consultará con el Servicio de Asistencia y Cooperación Municipal de la Diputación).

 

            Cláusula 16.- Resolución, rescición y renuncia.-

                                                           1º.- Si el contratista incumpliere las obligaciones que le incumben,  el Organo contratante estará facultada para exigir el cumplimiento o declarar la resolución del contrato. También podrá acordar la resolución aún despues de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.                    

                                                           2º.- Al acordar la resolución por incumplimiento, el órgano contratante actuará conforme al art 114 de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

                                                           3º.- Si el órgano contratante incumpliere las obligaciones que le incumben, el contratista podrá ejercer frente a élla las mismas acciones indicadas en el párrafo 1. Dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que el contrastista hubiere presentado declaración o denuncia de resolución, la Excma, Diputación adoptará acuerdo por el que se reconozca o deniegue la procedencia de aquélla, que se entenderá desestimada por el transcurso del mencionado plazo.

.                                                          4º.- En el caso de fallecimiento del contratista, el órgano contratante podrá denunciar el contrato, y en tal caso, los herederos del contratista sólo tendràn derecho a que se les abone en proporción a lo convenido, el valor de la  parte realizada, y de los materiales preparados, siempre que éstos reporten algun beneficio a la Diputación.

                                                           5º.- Si el órgano contratante desistiere de llevar a cabo los trabajos, podrá denunciar el contrato, con resarcimiento al contratista de los daños e indemnización de los perjuicios que se le causaren.

                                                           6º.- Cuando el contratista declare o denuncie la resolucion del contrato o su rescisión  no podrá interrumpir los trabajos hasta que se hubiere reconocido la procedencia de la declaración formulada, o se le autorice para suspenderlos mientras se dilucida la discrepancia.

 

            Cláusula 17.- Responsabilidades.-

                                              

                                                           Se estará a lo dispuesto en el RDL 2/2000 de 16 de junio, texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones públicas.

 

            Cláusula 18.- Régimen de pagos al contratista.-

                                                           El importe de los trabajos se acreditará mediante relaciones valoradas por capitulos o fases y certificaciones referidas al origen expedidas por el propio adjudicatario, con el conforme de la Diputacion , que comprenderán la totalidad  de los trabajos o bien sucesivamente aquellas partes del mismo que figurando en el pliego de prescripciones técnicas y en la oferta, sean susceptibles de entrega parcial.  Asimismo la Diputacion hará constar que los trabajos a que se refieren dichas certificaciones se han ejecutado a plena y total satisfación. Las certificaciones tendrán caracter de documentos provisionales de abono a cuenta, sujetos a las variaciones que resulten de la liquidación ficnal y no supondrán aprobación y recepción de los trabajos que comprendan. 

 

            Cláusula 19.- Derecho de propiedad.-

                                                           El trabajo objeto del  presente pliego quedará de propiedad exclusiva del órgano contratante,sin que pueda ser reducida total o parcialmente sin la previa y expresa autorización del mismo.

 

            Clausula 20.- Gastos de anuncios.- Serán por cuenta del contratista los gastos originados por el trámite de licitatorio, a saber, los anuncios en los Boletines Oficiales.

 

            Cláusula 21.- Interpretación y jurisdicción.-

                                               El organo contratante interpretará el presente contrato y resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento. Los acuerdos que se adopten a este respecto serán inmediatamente ejecutivos sin perjuicio del derecho del contratista a obtener en vía jurisdiccional la declaración que proceda sobre inteligencia de lo pactado si no se conformare con lo resuelto por la Corporación.  Dada la naturaleza administrativa de este contrato los litigios que del mismo pudieran derivarse se sustanciaràn ante la jurisdicciòn contencioso administrativa, a la competencia de cuyos tribunales se someten expresamente ambas partes.

 

            Cláusula 22.- Legislación supletoria.-

                                                           El  presente pliego de condiciones constituye la ley del contrato. Sus términos obligan  a la Excma, Diputación provincial  (al Ayuntamiento)y al contratista. En lo no previsto en este pliego se estará a lo dispuesto en el RDL 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas y en las demás normas de Derecho administrativo , y en su defecto, las de Derecho Privado.

 

 

 

 

                        MODELO DE PROPOSICION

 

            Don............ provisto del DNI nº................. expedido en............. el día......... en nombre propio (o en representación de........) enterado de los pliegos de condiciones para  adjudicar mediante procedimiento negociado sin publicidad  los trabajos de.......... en el municipio de......... se compromete a su realizaciòn, por el importe de....... euros,con estricta sujeción a las condiciones citadas, cuyo contenido conoce y acepta, y a cuyo efecto acompaña la documentación exigida en los referidos pliegos.

 

      ( lugar, fecha y firma)

 

 

 

                        Diligencia.- Este pliego de condiciones fué aprobado por Decreto de Presidencia de fecha ........

                        El Jefe de la sección,