03CA.doc

AYUNTAMIENTO DE _______________________

 

            (PALENCIA)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EXPEDIENTE DE CONSTITUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN RÉGIMEN DE CONCEJO ABIERTO.

 

 

 

                                   

ELECCIONES 2003.

 

 

 

 

 

 


 

AYUNTAMIENTO DE______________________

 

 

 

ACTA DE LA SESIÓN CONSTITUTIVA DEL CONCEJO ABIERTO DEL AYUNTAMIENTO DE_____________________________

 

En el Salón de Actos del Ayuntamiento de.............................,siendo las horas del día ...de..............................de mil novecientos dos mil tres, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 37, en relación con el 111 del R.O.F.,aprobado por R.D. 2.568/1.986, de 28 de noviembre, se reúnen al efecto D................................., Alcalde proclamado electo por la Junta Electoral de Zona, y los vecinos electores que constituyen la Asamblea Vecinal, de este Ayuntamiento. Da fe del acto D................................... ,Secretario del Ayuntamiento.

 

Constituida la mesa de edad, compuesta por D................................., vecino de mas edad y D................................... vecino de menor edad, es examinada por esta la credencial presentada por el referido Alcalde, y acreditada su personalidad y habida cuenta de que han concurrido la totalidad/mayoría de los vecinos electores que forman la Asamblea Vecinal, el Alcalde presta juramento /promesa de acatamiento a la Constitución con arreglo a la fórmula establecida en el R.D. 707/1.979, de 5 de abril, tomando posesión de su cargo y declarando constituido el Concejo Abierto en el Ayuntamiento de.............. ,pronunciando acto seguido unas palabras de agradecimiento y deseo de trabajo fructífero a la Asamblea Vecinal.

 

El Alcalde designa al vecino-elector D...................................................., como 1º Teniente de Alcalde, y al vecino-elector D....................................como 2º Teniente de Alcalde.

 

Y no siendo otro el objeto de este acto, la Presidencia levanta la sesión, a las                     horas extendiéndose la presente acta que firma, conmigo, el Secretario, de que doy fe.

 

 


 

AYUNTAMIENTO DE_____________________________

 

 

 

En ...........................a......de...........................de mil novecientos dos mil tres ante de el Secretario de este Ayuntamiento, D...................................., comparece D.........................................con D.N.I............................ y domicilio en ........................vecino y elector de este Municipio y manifiesta que, al amparo art. 111.3, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, OTORGA PODER a favor del también vecino y elector D......................................................... con D.N.I..............................para que le represente de forma permanente ente en todas las sesiones que celebre la Asamblea Vecinal de este Municipio y para todos los asuntos que en ellas se traten.

 

Y en prueba de conformidad, con el presente documento, firma conmigo, de lo que como Secretario doy fe.

 

EL OTORGANTE,                                                                                                                                                                                                         EL SECRETARIO,

 

 

 

 

 

 

                                                                                    Fdo.:..................

 

 

 

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NOTA: El resto de trámites y diligencias podrán ser importados del expediente de constitución y organización del Ayuntamiento, con las modificaciones pertinentes a las peculiaridades de este régimen de Concejo Abierto, teniendo en cuenta lo establecido en los arts. 74 y 76 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León,

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Artículo 74

 

1. El gobierno y la administración de los municipios que funcionen en régimen de Concejo abierto corresponde, al Alcalde y la Asamblea Vecinal de la que forman parte todos los electores.

2. El Alcalde será elegido directamente por los electores por sistema mayoritario de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral.

3. El Alcalde designará entre los miembros de la Asamblea Vecinal quién ha de sustituirle en los casos y con los efectos previstos en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

4. La Asamblea Vecinal ostentará las atribuciones propias del Pleno del Ayuntamiento. No obstante, se entenderán delegadas en el Alcalde salvo acuerdo contrario de la Asamblea Vecinal, las atribuciones que resulten delegables según artículo 23.2 b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril.

 

Artículo 76º-

 

1. Sin perjuicio de los usos, costumbres y tradiciones locales y de lo establecido en las leyes, el funcionamiento de las Entidades Locales en régimen de Concejo abierto se regirá por las disposiciones que al efecto apruebe la Junta de Castilla y León, con sujeción a las reglas y principios que se establecen en los apartados siguientes, que serán de aplicación inmediata en lo que, según su propio tenor, no necesite explícito desarrollo.

2. Se garantizará el conocimiento de los vecinos, con suficiente antelación, de la convocatoria y orden del día de todas las sesiones de la Asamblea Vecinal, mediante pregón, anuncios, o cualquier otra forma tradicional, sin necesidad de citación individual escrita.

3. Para la válida constitución de la Asamblea Vecinal se exigirá un quórum de asistencia no inferior, a un tercio del número de sus miembros, siendo necesario, en todo caso, la presencia del Alcalde y del Secretario o de quienes legalmente les sustituyan.

4. Se simplificarán los requisitos formales de las actas y se publicarán los borradores de las mismas en el tablón de anuncios de la Casa del Concejo dentro de las cuarenta y ocho horas de su celebración.