1. Envío de una carta de la Presidenta del Consejo de Empadronamiento y otra de la FEMP a todos los Ayuntamientos que aún no han remitido al INE los ficheros con las variaciones producidas en los Padrones entre el 1-5-96 y el 31-12-97, fijando un plazo de 15 días a los Ayuntamientos para el envío de los ficheros padronales.
En la carta del Consejo se anunciará a los Ayuntamientos la posibilidad de que el Consejo apruebe un procedimiento para la obtención de las cifras oficiales de población a 1 de enero de 1998 para estos municipios, que podría incidir directamente en el cálculo del número de Concejales en las próximas Elecciones municipales y en el reparto de los fondos del Estado, recordándose que ya se ha producido un antecedente en este sentido en las últimas cifras de población que se declararon oficiales.
2. Reducción del plazo establecido en la Resolución de 1 de abril de 1997 por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón municipal, para la resolución de los duplicados por parte de los Ayuntamientos, de 3 meses a 15 días, en el proceso de obtención de las cifras de población a 1 de enero de 1998.
3. Acuerdo para mantener una nueva reunión con el Director de la Agencia de Protección de Datos, sus abogados y los miembros del Consejo de Empadronamiento sobre el contenido de la Resolución sobre uso y cesión de datos padronales, como consecuencia del carácter de los últimos informes remitidos por la Agencia de Protección de Datos, limitando la cesión de los datos padronales exclusivamente a los datos de residencia y domicilio, con el fin de tratar de hacer ver a la Agencia que el espíritu del artículo 16.3 de la Ley de Bases no era tan restrictivo.
4. Acuerdo para remitir a los miembros del Pleno que no están en la Comisión Permanente todas las Actas y documentación generada por la misma.